Reclamar liberalización del Terminal a Yoigo

Sin duda ésta va a ser una entrada un poco diferente. Ésta vez me ha pasado a mí y quiero compartirlo:

Mi historia comienza hace unos días, al recibir una llamada de un operador ofreciendome condiciones ventajosas para mi linea móvil. Una decisión aparentemente fácil y de poca repercusión, más allá de mi factura móvil.

El caso es que acepté y decidí dar el paso, llevaba en Yoigo desde 2008 (y no estaba mal) pero Yoigo no era capaz de superar la oferta y pensé que cambiar de operador sería fácil, nunca es fácil.

Normalmente, cuando cambias de operador te ofrecen un súper teléfono a cambio de esclavitud y pleitesía durante un tiempo determinado por el precio del terminal, así que preferí no aceptar el terminal ya que tengo un smartphone que cubre mis necesidades y pensé que podría liberarlo, porque es mío y lo he pagado a cambio de esclavitud, pleitesía y un recargo por no cumplir hasta el final la permanencia. Com va dir John Critchon a Farscape "Hauria de ser fàcil però no, no és fàcil, Mai és fàcil"

Y aqui comienza mi odisea por el mundo de las telcos. Me puse en contacto con Yoigo y pedí la liberación de un terminal más antiguo y de mi actual smartphone. Con el terminal antiguo ningún problema, ya que terminó mi permanencia en 2011. Además es una patata.Con el terminal más moderno, se plantaron en redondo.

Lo que viene a continuación es toda mi comunicación con Yoigo a raíz de la divergencia de opiniones. Yo creo que he pagado el terminal al resolver el contrato pagando la penalización y ellos creen que si no cumplo la permanencia, aún habiendo pagado la penalización, mi terminal les pertenece.

Adjunto las comunicaciones y sigo abajo:

Primer Correo: Petición formal después de 4 peticiones telefónicas:
Hola,
Soy ADX y soy cliente suyo desde 2008 hasta hoy, cuando se portará la linea 999999999 a otro operador. El motivo de mi correo es a raíz de varias conversaciones mantenidas con sus operadores a través de su número 622, una de las cuáles me indicó amablemente ésta via de contacto.
Me gustaría indicar que he sido cliente suyo desde el 2008 y nunca he tenido ninguna queja, más bien al contrario, siempre he estado muy a gusto siendo cliente suyo y siempre he recomendado sus servicios y es más que posible que yo mismo vuelva a solicitarlos próximamente para contratar una nueva linea.
La razón de la divergencia entre ustedes y yo es que estoy realizando ésta portabilidad sin haber cumplido el periodo de permanencia y los operadores del 622 se niegan a liberar mi último smartphone, un huawei U8650.
Los operadores me han indicado que no están obligados a liberar mi teléfono al no haber cumplido la permanencia y alguno de ellos me ha retado muy amablemente a que encuentre un texto legal donde indique que están obligados a hacerlo.
Ustedes, en sus condiciones particulares indican:
CONDICIÓN PARTICULAR DE PERMANENCIA ASOCIADA A LA ADQUISICIÓN DEL TELÉFONO, MODEM Y/O PORTÁTIL (EL PRODUCTO/S)
La presente condición particular únicamente resultará de aplicación si así lo hacen constar expresamente las partes.En atención al descuento realizado por YOIGO al Cliente en la adquisición del producto/s (el "Descuento"), en caso de que se produzca la baja del Cliente o su cambio a un plan de precios con un compromiso de consumo menor, durante el periodo de permanencia establecido en el Contrato de Alta, el Cliente deberá abonar a YOIGO una compensación de cuantía máxima equivalente al importe de dicho Descuento. Asimismo, se producirá el vencimiento anticipado de todas las cuotas del Pago Aplazado que pudiesen encontrarse pendientes a la fecha de la baja o cambio de plan de precios. Dichas cantidades serán oportunamente facturadas al Cliente.
Al abonar la suma que ustedes me requieren para resolver el contrato de permanencia éste queda resuelto y no existe ya ningún motivo para no liberar el smartphone. No recuerdo ver ninguna cláusula en el contrato que lo especifique.
Ésto está recogido en el Real Decreto 1/2007 por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias:
Art. 82. Concepto de cláusulas abusivas.
1. Se considerarán cláusulas abusivas todas aquellas estipula-
ciones no negociadas individualmente y todas aquéllas prác-
ticas no consentidas expresamente que, en contra de las
exigencias de la buena fe causen, en perjuicio del consumi-
dor y usuario, un desequilibrio importante de los derechos y
obligaciones de las partes que se deriven del contrato.
Ustedes se están reservando un derecho no negociado sobre mi contrato, lo que representa una cláusula abusiva:

Art. 85. Cláusulas abusivas por vincular el contrato a la volun-
tad del empresario.
Las cláusulas que vinculen cualquier aspecto del contrato a la
voluntad del empresario serán abusivas

Si ustedes liberan terminales "Por Deferencia Comercial", entonces depende unicamente de la voluntad de ustedes y representa una cláusula abusiva y queda por nula:

Art. 83. Nulidad de las cláusulas abusivas e integración del
contrato.
1. Las cláusulas abusivas serán nulas de pleno derecho y se
tendrán por no puestas.
En definitiva no hay ningún motivo para que no me provean del código de liberación de mi smartphone.
Por la presente solicito el código de liberación para mi smartphone huawei U8650 con IMEI 862076018920683 al entender que habiendo adquirido éste producto y habiendo abonado todas las cantidades solicitadas por ustedes éste debería contener toda su funcionalidad sin merma ni defecto de ningún tipo.
Ruego se pongan en contacto conmigo en el 999999999 o a traves de dani.X@xx.c
Saludos,
A D X
Contestación a mi primer correo:
clientes@yoigo.com 
Hola, para facilitarte el código de liberación tienen que cumplirse tres condiciones: que la línea sea de contrato, que se haya cumplido el compromiso de permanencia y que la línea esté activa en Yoigo. Pagar la penalización no significa haber cumplido el compromiso de permanencia.
Saludos,
Atención al Cliente de Yoigo
Mi contestación a su primera respuesta, mi segundo correo:
D X X <dani.X@xx.c>  para clientes
Hola,
¿Pueden facilitarme el contrato donde aparecen esas tres clausulas que presuntamente he aceptado al adquirir el terminal?
Muchas gracias,

Contestación de Yoigo a mi segundo correo:
clientes@yoigo.com 
Hola.
Las condiciones explicadas anteriormente se encuentran en las condiciones generales de Yoigo,disponibles en Yoigo.com/terminoslegales
Un saludo
Mi tercer correo:
Hola,
Lamento comunicarle que el enlace al que se refiere (http://www.yoigo.com/terminoslegales) no funciona. Adjunto capturas de pantalla de hace un momento.
Reitero mi solicitud del contrato suscrito con ustedes sobre la línea 999999999.
Saludos,
Contestación de Yoigo a mi tercer correo:

Hola Angel!
Aqui tienes el enlace con toda la informacion legal: http://www.yoigo.com/preguntas/informacion_legal.php

Mi cuarto correo a Yoigo:
D X X <dani.X@xx.c> para clientes
Buenas tardes,
He leido atentamente la información legal que me adjuntan. En el Objeto del contrato, sección 1.3 ustedes han estipulado:
1.3 Los terminales telefónicos que, en su caso, se comercialicen junto con el Servicio podrán ir provistos del mecanismo SIM-LOCK de forma que únicamente son utilizables con el Servicio prestado por YOIGO.
Ésta clausula contraviene el Real Decreto 1/2007 (por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias) que indica expresamente que:
Art. 82. Concepto de cláusulas abusivas.
[...]
4. No obstante lo previsto en los apartados precedentes, en todo caso son abusivas las cláusulas que, conforme a lo dispuesto en los artículos 85 a 90, ambos inclusive:
a) vinculen el contrato a la voluntad del empresario
b) limiten los derechos del consumidor y usuario,
c) determinen la falta de reciprocidad en el contrato,
d) impongan al consumidor y usuario garantías desproporcionadas o le impongan indebidamente la carga en la prueba.
f) contravengan las reglas sobre competencia y derecho aplicable.
[...]
Art. 85. Cláusulas abusivas por vincular el contrato a la voluntad del empresario.
Las cláusulas que vinculen cualquier aspecto del contrato a la voluntad del empresario serán abusivas
En su contrato ustedes indican claramente: "....podrán ir provistos del mecanismo SIM-LOCK...." Ésta posibilidad se la reservan exclusivamente a su voluntad y por tanto el punto 1.3 de su contrato es claramente una cláusula abusiva. Según el artículo 83 de la misma ley se consideran nulas todas las clausulas abusivas:
Art. 83. Nulidad de las cláusulas abusivas e integración del contrato.
1. Las cláusulas abusivas serán nulas de pleno derecho y se tendrán por no puestas.

Por todo lo expresado en ésta y anteriores comunicaciones (que adjunto), no veo ningún motivo para que no me envíen el código de liberación de mi smartphone huawei u8650.

Yo A D X X, con DNI 11111111J Solicito el código de liberación de mi terminal Huawei u8650 con IMEI ************** al entender que se están vulnerando de forma evidente mis derechos como consumidor y como ciudadano y teniendo en cuenta que siempre he actuado con ánimo de cooperación y buena fe.
Saludos,
D X
Contestación de Yoigo a mi cuarto correo:
clientes@yoigo.com
Hola, lo sentimos, pero ya te hemos informado.
Las condiciones para que se pueda solicitar el código de liberación son las que te hemos indicado en el primer e-mail, por lo que al no cumplirlas no podemos solicitarlo.
Quinto correo a Yoigo:
Pero yo no quiero que me informen, ya había leído todas las partes del contrato y conozco mis deberes y derechos.
Lo que les estoy pidiendo es que liberen un terminal que les he pagado y les estoy argumentando los motivos por los cuáles deben hacerlo, ya que no hacerlo es contrario a derecho y a la ley.
Desconozco los motivos por los cuales no pueden liberar mi dispositivo, y no he recibido ninguna argumentación técnica, lo único que me han dicho hasta la fecha es que:
"No queremos, verdad verdadera"
Y eso no es legal. Tambien tengo la sensación de que no se leen mis correos, así que resumo:
Yo A D X X, con DNI 11111111J Solicito el código de liberación de mi terminal Huawei u8650 con IMEI ***************** al entender que se están vulnerando de forma evidente mis derechos como consumidor y como ciudadano y teniendo en cuenta que siempre he actuado con ánimo de cooperación y buena fe. Además les informo de que están violando los artículos 82, 83 y 85 del Real Decreto 1/2007 (por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias)
De no atender mi suplica y teniendo en cuenta la ley, procederé a la reclamación pertinente ante los organismos oportunos adjuntando ésta cadena de correos y cuanta otra información sea necesaria a mi discreción.
Saludos,
Respuesta de Yoigo:
Hola,
Como ya le hemos informado en mail anteriores, no cumples las condiciones expuestas, por lo que no podemos facilitar el codigo de liberacion.
Un saludo
Atencion al Cliente de Yoigo
Sexto correo a Yoigo:
D X X <dani.X@xx.c> para clientes
Hola,
Como ya les he informado, tales condiciones no están expuestas y el punto 1.3 de su contrato es una clausula abusiva y se da por no puesta.
Saludos,

Si te has leído todos éstos correos, amigo tienes las pelotas en su sitio, si no, también te entiendo, es un autentico coñazo.

La conclusión que saco de todo ésto es muy parecida a lo que vengo publicando en éste blog desde hace años. Los pequeños no importamos, somos una capa de hormigas de la que otros se alimentan.

Nos ponen leyes a nuestro servicio pero luego sólo para que las cumplamos nosotros. Incluso cuando uno tiene razón, está obligado por sus medios a demostrarlo, incluso cuando es evidente uno tiene que demostrarlo.

¿Os imaginais que pasaría si Yoigo llegara a considerar que les debo 1.000€ por incuplir el plazo? Pues que me lo cobrarían y punto, y tendría que demostrar que se equivocan, y si tuviera el mismo exito que hasta ahora, lo tendría crudo amigos, crudo.

Bueno, la verdad es que no os cuento ésto sólo para deprimiros, me gustaría contaros algunas conclusiones a las que he llegado y cosas que podríamos hacer entre todos para evitar que siempre sean los mismos los estafados.

Una de las conclusiones a las que he llegado es que, existiendo base legal, si todos solicitamos la liberalización de nuestros terminales, al final las compañías no tendrán más remedio que ceder, porque la ley está de nuestro lado.

No hay que esperar a alcanza la fecha de permanencia para pedir la liberación del terminal, no tienen base legal para mantener un terminal bloqueado, si se pide bien, no se pueden negar.

Evitar adquirir terminales subvencionados o pagados a plazos, te los cobran dos o hasta tres veces: Pagas lo que vale, te obligan a una tarifa superior a lo que necesitas y luego no te lo liberan, o te lo bloquean a sabiendas con diversas tecnicas (dar mal el codigo, por ejemplo)

He publicado ésto para que a otros en la misma situación tengan ya algo de trabajo adelantado y para decirles que no están solos, que hay mucha gente peleando (con mejor o peor suerte) y que tienen razón si piensan que ninguna corporación tiene derecho ilimitado. Nadie estará por encima de nadie.

Con Tesón,
Daniel.

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